Si alguna vez aceptó que una expareja o un tercero publicara contenido íntimo suyo en internet, eso no significa que haya perdido el derecho a cambiar de opinión.
Ese fue el mensaje de la Corte Constitucional al resolver el caso de una mujer que había autorizado la creación de contenido íntimo para redes sociales bajo la condición de que solo pudiera verse fuera de Colombia. Sin embargo, los videos terminaron disponibles también para usuarios dentro del país y, aunque el hombre prometió retirarlos, nunca lo hizo.
Al estudiar el caso, el alto tribunal concluyó que el consentimiento no es permanente y puede retirarse en cualquier momento. Además, advirtió que difundir imágenes íntimas sin autorización constituye una forma de violencia digital y sexual que vulnera derechos como la intimidad, la imagen y el buen nombre.
La Corte también fijó varios criterios para que el consentimiento sea realmente válido. La persona debe recibir información suficiente sobre cómo se usarán las imágenes, dónde serán publicadas, si tendrán fines comerciales, cuáles pueden ser las consecuencias personales, familiares, laborales o sociales de esa difusión y hasta cuándo podrá ratificar o retirar su autorización.
Lea aquí: La historia de Júpiter, el perrito con displasia al que no dejaban utilizar ascensor
Durante el análisis, la corporación encontró que actualmente no existe un delito que sancione de forma directa la difusión no consentida de contenido íntimo. Por esa razón, exhortó al Congreso para que, durante la próxima legislatura, estudie la creación de una regulación penal sobre esta conducta.
Además, ordenó al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y a la Defensoría del Pueblo elaborar, en un plazo de seis meses, una guía para prevenir este tipo de casos. También pidió al Consejo Superior de la Judicatura, la Procuraduría y la Defensoría adoptar un protocolo para el manejo de este tipo de pruebas sensibles.
En este caso, las plataformas donde estaban alojados los videos deberán impedir que vuelvan a difundirse y atender de manera permanente las solicitudes para eliminarlos. Al responsable de la publicación también se le ordenó adelantar todas las gestiones necesarias para borrar el contenido y asistir a una capacitación sobre igualdad de género y violencia contra las mujeres.
Tomado de El Colombiano.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion .